Un primer pleito es al que los vecinos de Meneses llevan a Don Ramiro Nuñez de Guzmán, el 16 de Enero de 1580. El problema se originó a la hora de cambiar los Alcaldes Ordinarios y demás oficiales de Meneses y Villalimbierno. El cambio debía ser hecho por el Alcalde y Justicia Mayor que Don Ramiro tenía para los pueblos de su Señorío. Según la costumbres los vecinos de Meneses tenían el privilegio de presentar dos hijuelas de ocho vecinos cada una para nombrar dos Alcaldes Ordinarios, cuatro regidores y dos procuradores. El Señor o el Alcalde Mayor en su representación podían escoger una de las dos listas, pero no mezclarlas, que es lo que el fiel Juan Sotilla, Alcalde Mayor puesto por Don Ramiro, hizo en esta ocasión. De la primera lista hizo algunos nombramientos, de la segunda nombra a Juan de Gracia Alcalde Ordinario descartando a Juan Merino, el cual con los vecinos protesta por el hecho, ya que el proceder del Alcalde Mayor iba contra la costumbre de la Villa.
Juan Cotilla no hace caso de la protesta de los vecinos y manda que Juan de Gracia aceptase el nombramiento, a lo cual éste se niega ya que no era del parecer de los vecinos de la villa. La reacción del Alcalde Mayor no fue otra que poner en el calabozo, por desacato a su señor, a Juan de Gracia. Al día siguiente conminado a que aceptase el cargo, Juan de Gracia contesto que no oía. Inmediatamente a campana tañida, se congregan los vecinos para nombrar Procurador, que en nombre del Concejo, y con Juan de Gracia, el Mozo, en nombre de su padre acudiesen a apelar ante el Rey Felipe II y su Chancillería de Valladolid.
Ni cortos ni perezosos los vecinos de la Villa de Meneses aprovechan para denunciar otros desmanes del Señor, como que el Señor nombraba fieles que fiscalizaban los pesos, medidas y precios del mercado, lo cual iba contra el derecho de la Villa que podía nombrar dichos fieles sin tener que ser confirmados por el Señor. Igualmente denuncia que el Señor nombraba un Teniente de Alcalde para sustituir a su Alcalde Mayor, debido a que a éste no le gustaba vivir en el pueblo, lo cual iba contra la costumbre que mandaba que el Alcalde Mayor viviese en el pueblo mientras no residiera en él el Señor. También denuncia que el Señor nombraba una serie de jueces haciendo de menos, pues no debía fiarse de ellos, a los oficiales nombrados por los vecinos de la Villa. Junto con estas denuncias piden que dejase en libertad a Juan de Gracia, hombre viejo y enfermo, que no podía aceptar el cargo ya que supondría quebrantar la costumbre de la Villa y porque el cargo correspondía a Juan Merino. Igualmente piden que al Alcalde Mayor, al que se tenía por odioso y sospechosos, y siendo el pleito de Concejo y Universidad, se le retuviese en la Audiencia.
La Audiencia de Valladolid el 5 de Marzo de 1581 falla a favor de los vecinos de Meneses mandando que los Señores respetasen en adelante las costumbres de la Villa.
Y topó con la iglesia
Los problemas no quedaron aquí. También con los clérigos, es decir con el cura y los beneficiados de la parroquia tuvo sus más y sus menos, lo que va a dar lugar a un pleito que durara cuatro años.
El 22 de Junio de 1580, el cabildo de clérigos, cura y beneficiados, de la iglesia de Nuestra Señora del Tovar da poderes al Bachiller Alonso Blanco de Salcedo, beneficiado de Meneses y canónigo de Orense a donde le había colocado su tío el Arzobispo de Santiago, Francisco Blanco, para que los representase ante su Majestad Felipe II los Oidores del Real Sitio y ante Su Santidad y su Nuncio.
Los clérigos alegaban contra el bueno de Don Ramiro que siendo éste Patrono in Solidum de la iglesia y percibiendo 50.000 maravedís de diezmos al año estaba obligado, según las Constituciones del Obispado de Palencia, a pagar a cada uno de los sacerdotes 150 ducados al años, lo cual no cumplía.
Don Ramiro, en su defensa, alegaba que los clérigos no eran beneficiados sino simples capellanes que tenían congrua suficiente en el Pie de Altar, Capellanía, derechos y menudencia, y que por ello no le pagaban diezmos, por lo cual él no se sentía obligado a darles nada en justicia, sino únicamente las tercias de fábrica, las cuales nunca se le habían pedido.
Ante la defensa del Señor, los clérigos de la parroquia de Meneses probaron que eran beneficiados, para lo cual presentaron cita del Libro de Becerro donde están inscritos todos los beneficios de la diócesis. En dicho libro se dice que la iglesia de Meneses debe haber tres prestes, un subdiácono, tres graderos que son con la media ración, del Cura cuatro raciones y cuarta y los diezmos. Igualmente en su defensa presentaron en la Chancillería la documentación de cada uno consistente en los siguientes documentos: la presentación para el beneficiado, muchas de las cuales estaban firmadas por Don Ramiro o por su padre Don Martín; el Decreto del Obispo por el que se les nombraba beneficiados y la Colación solemne y toma de posesión.
Se hace una evaluación de los ingresos que solían tener aquellos sacerdotes por los distintos conceptos que alegaba el Patrono, y se calculó que serían de unos 13.000 maravedís, por lo que se decreta que el Patrono debía completar la Congrua con 12.000 maravedís al año por cada uno de los beneficiados.
Después de tanto ni Don Ramiro, ni los clérigos quedaron contentos con la sentencia. Don Ramiro sostenía que no debía nada, los clérigos defendían que era poco lo que alcanzaban. La sentencia no varió y se les cobró de costas 51.000 maravedís a Don Ramiro y 42.000 a los clérigos.
Los problemas van a continuar con el hijo y sucesor de Don Ramiro, Don Martín de Guzmán y Rojas, muy apreciado tanto por el Rey Felipe IV que le concede el título de Marqués de Montealegre, como por el Obispo de Palencia, el cual hizo todo lo que pudo por favorecerle en sus pretensiones contra los clérigos de Meneses.
Los vecinos de la Villa de Meneses van a defender sus derechos contra el Señor. Corría el año 1609 cuando Don Martín, alegó que no le habían pagado un arrendamiento, por lo cual manda a su Corregidor para que lo cobrase haciendo ejecución en la panera de un vecino. Ante este hecho se interpuso el Procurador de la Villa, el Doctor Blanco salcedo, el cual alega que era costumbre inmemorial que a la Villa de Meneses, en la ejecución de alcabalas no se le debían cobrar más de 150 maravedís, mientras que en aquella ocasión se estaba excediendo de forma escandalosa. Al no hacer caso el Corregidor del argumento presentado por el Procurador de la Villa, ésta apela a la Audiencia, la cual determina que se respetase la costumbre de la Villa de Meneses.
No de acuerdo con la sentencia Don Martín presenta ante el Doctor Castañeda, Alcalde Mayor del Adelantamiento de Campos otra petición de Remate contra Meneses. El Doctor Castañeda mandó hacer los pregones y el Concejo se opuso a la Ejecución, por lo cual se acudió nuevamente a la Chancillería que el 27 de Febrero de 1615 decreta que se respetase la costumbre de Meneses bajo pena de 20.000 maravedís para la Cámara del Rey.
El bueno de Don Martín vuelve a la carga y pretende que nadie, salvo él y su familia, recibiese sepultaren la Iglesia, manda que debían sacar los bancos del pueblo y que sólo él podía poner rejas, mausoleo y sitiales y escudos. Vamos que actuaba como si la iglesia fuese suya.
Los clérigos de la iglesia, como no podía ser de otra forma, se opusieron a las pretensiones de Don Martín, al cual le negaron incluso el derecho de patronato, que fue lo que ellos alegaron en el pleito contra su padre Don Remiro.
Entablado el pleito en el obispado de Palencia, el tribunal eclesiástico condena al clero de Meneses a que reconozca que Don Martín tenía derecho de patronato, pero negaba a éste el ir contra la costumbre de la parroquia de dar sepultura en la Iglesia, siempre que no fuese en propiedad, así como el quitar los bancos del pueblo. A Don Martín se le reconocía el derecho de ser enterrado en la capilla mayor, pero no el hacer monumento, arco ni rejas, sino poner solamente una losa. Igualmente se pedía a Don Martín que respetase los blasones y figuras que al presente están puestos en la capilla mayor de los Tellos, so pena de 50.000 maravedís para la guerra contra los infieles.
Al bueno de Don Martín, que debía ser duro de mollera, no le gustó la sentencia a pesar de que se recomendaba a los clérigos que lo tratasen honradamente pues es tan gran caballero y Señor natural, con quien mucho que se haga no será demasiado, y se les daba instrucciones de sobre el modo de recibir a los Señores cuando fueses a tomar posesión. Apeló la sentencia y en un segundo juicio se le reconoce el derecho de impedir las sepulturas en el cuerpo de la Iglesia. Esto indigna a los clérigos y ahora van a ser ellos los que apelen a la Nunciatura.
El pleito va a prolongarse mucho tiempo, con lo cual los gastos de ambas partes se disparaban, por ello muchos recomendaban a los clérigos que cediesen porque, si así lo hacían, Don Martín prometía terminar la Iglesia, así como hacer nuevas fundaciones a costa de su Mayorazgo y trasladar a su capilla mayor los restos del Doctor Meneses a quien por su santidad y letras se le debe muy bien respeto. Los clérigos no dieron su brazo a torcer y buscaron defender lo que ellos creían era un derecho del pueblo, poder enterrarse en el interior de la Iglesia.
En Medio de esta discusión tiene lugar la muerte de Don Martín, por lo cual el 2 de Septiembre de 1627 se presenta el Procurador de su hijo Don Luis Francisco Nuñez de Sandoval, que era menor de edad, a tomar solemnemente posesión del señorío. Después de recibir a las puertas de la Villa las llave de plata, a continuación la comitiva se dirige a la puerta de la iglesia que está bajo la torre, donde eran esperados por el cura y beneficiados. El procurador les requirió a que le diesen posesión del patronazgo de la Iglesia y de la Presentación y Provisión de los Beneficios. El cura Don Juan Burgos contestó que en cuanto Patrono había un juicio pendiente en la Nunciatura, y por lo mismo protestaba que no le reconocía más derechos que los que hasta la fecha se le habían reconocido. Tras larga discusión y protesta de una y otra parte, se dio la posesión con las reservas antedichas. El acto de posesión consistía en darle el agua bendita y llevarle de la mano paseando por la Iglesia hasta la Capilla Mayor, donde el procurador se sentó en el sitial del Señor. El cura ante este hecho volvió a protestar hasta tres veces que no le reconocía más derechos y preeminencias que las que hasta entonces habían tenido los señores.
El 5 de Febrero de 1630 de la Nunciatura, el cardenal Juan Bautista Panfilio, futuro Inocencio X, comunicó a las partes contendientes que compareciesen, bajo pena de excomunión, en el término de quince días. Los clérigos defendieron la costumbre inmemorial de enterrar en la iglesia, costumbre que había sido respetada por los Condes de Esteva y Marqueses de Priego y por los mismos padres y abuelos del Marqués de Montealegre. El mismo Don Martín de Guzmán había enterrado en la iglesia un hijo que se le murió pagando al mayordomo los derechos como los demás vecinos y quitó el monumento al año del entierro. Igualmente alegaban los clérigos que la Iglesia había sido edificada por el pueblo sin ayuda de los Señores, por lo cual no había escudo de ningún Señor y que si había un escudo de los Manueles en la parte posterior de la Torre, y los escudos de los Tellos en la Capilla Mayor, era en manifestación de agradecimiento de la parroquia a esos señores que habían nacido en ella. En cuanto a la preeminencia en la capilla Mayor del Licenciado Pedro Blanco de Salcedo, hermano del Licenciado Francisco Blanco de Salcedo, Inquisidor de Valladolid, alegaron que el tiempo que residía en el pueblo acostumbraba a sentarse en sitio preferente porque llevaba de su posada una silla de respaldo. Que Don Martín de Guzmán, queriendo hacer acto de posesión, lo contradijo, pretendiendo que sólo él se había de sentar en silla, y en el Tribunal de Palencia, se pronunció Auto a favor del Licenciado Blanco, aunque Don Martín apeló a la Chancillería de Valladolid.
Don Martín de Guzmán, por su parte, se quejaba de que al Inquisidor D. Francisco Blanco de Salcedo se le había concedido una sepultura suntuosa y que a él, como Señor natural de la villa, no se le quería conceder.
El Nuncio pronuncio su fallo como ya lo había hecho el Obispo de Palencia: Que los sacerdotes reconociesen el derecho de patronazgo, pero que el Patrón se abstuviese de ir contra las costumbres de la parroquia. Prácticamente, después de los gastos de tanto pleito ambas partes debieron avenirse voluntariamente y todo quedó como estaba.
Don Martín, Señor de Meneses, como Patrón de la iglesia, se ofrece a terminar la capilla mayor de la misma y trasladar a la capilla mayor los restos del Doctor Meneses; no obstante, celoso de su honra, pide que se le permita colocar su escudo dentro y fuera de la iglesia, y como iban a seguir enterrándose en la iglesia la gente del pueblo expresa el deseo de que no se permitiese que se colocasen cerca del sitial de los Señores gente de poco pelo, habiéndolas de tan buen pelo en la villa. Al margen de todo esto pide que se quiten los escudos de los Tellos y que cuando se hiciesen las cuentas anuales asistiese su representante.
El clero, al que no debía gustar nada el Señor, transigió con que pusiese escudos en la iglesia, aunque no tantos como pensaba ya que el pueblo que la había edificado lo vería mal, aunque se opuso a que las finanzas de la iglesia fuesen fiscalizadas por el representante del Señor.
Juan Cotilla no hace caso de la protesta de los vecinos y manda que Juan de Gracia aceptase el nombramiento, a lo cual éste se niega ya que no era del parecer de los vecinos de la villa. La reacción del Alcalde Mayor no fue otra que poner en el calabozo, por desacato a su señor, a Juan de Gracia. Al día siguiente conminado a que aceptase el cargo, Juan de Gracia contesto que no oía. Inmediatamente a campana tañida, se congregan los vecinos para nombrar Procurador, que en nombre del Concejo, y con Juan de Gracia, el Mozo, en nombre de su padre acudiesen a apelar ante el Rey Felipe II y su Chancillería de Valladolid.
Ni cortos ni perezosos los vecinos de la Villa de Meneses aprovechan para denunciar otros desmanes del Señor, como que el Señor nombraba fieles que fiscalizaban los pesos, medidas y precios del mercado, lo cual iba contra el derecho de la Villa que podía nombrar dichos fieles sin tener que ser confirmados por el Señor. Igualmente denuncia que el Señor nombraba un Teniente de Alcalde para sustituir a su Alcalde Mayor, debido a que a éste no le gustaba vivir en el pueblo, lo cual iba contra la costumbre que mandaba que el Alcalde Mayor viviese en el pueblo mientras no residiera en él el Señor. También denuncia que el Señor nombraba una serie de jueces haciendo de menos, pues no debía fiarse de ellos, a los oficiales nombrados por los vecinos de la Villa. Junto con estas denuncias piden que dejase en libertad a Juan de Gracia, hombre viejo y enfermo, que no podía aceptar el cargo ya que supondría quebrantar la costumbre de la Villa y porque el cargo correspondía a Juan Merino. Igualmente piden que al Alcalde Mayor, al que se tenía por odioso y sospechosos, y siendo el pleito de Concejo y Universidad, se le retuviese en la Audiencia.
La Audiencia de Valladolid el 5 de Marzo de 1581 falla a favor de los vecinos de Meneses mandando que los Señores respetasen en adelante las costumbres de la Villa.
Y topó con la iglesia
Los problemas no quedaron aquí. También con los clérigos, es decir con el cura y los beneficiados de la parroquia tuvo sus más y sus menos, lo que va a dar lugar a un pleito que durara cuatro años.
El 22 de Junio de 1580, el cabildo de clérigos, cura y beneficiados, de la iglesia de Nuestra Señora del Tovar da poderes al Bachiller Alonso Blanco de Salcedo, beneficiado de Meneses y canónigo de Orense a donde le había colocado su tío el Arzobispo de Santiago, Francisco Blanco, para que los representase ante su Majestad Felipe II los Oidores del Real Sitio y ante Su Santidad y su Nuncio.
Los clérigos alegaban contra el bueno de Don Ramiro que siendo éste Patrono in Solidum de la iglesia y percibiendo 50.000 maravedís de diezmos al año estaba obligado, según las Constituciones del Obispado de Palencia, a pagar a cada uno de los sacerdotes 150 ducados al años, lo cual no cumplía.
Don Ramiro, en su defensa, alegaba que los clérigos no eran beneficiados sino simples capellanes que tenían congrua suficiente en el Pie de Altar, Capellanía, derechos y menudencia, y que por ello no le pagaban diezmos, por lo cual él no se sentía obligado a darles nada en justicia, sino únicamente las tercias de fábrica, las cuales nunca se le habían pedido.
Ante la defensa del Señor, los clérigos de la parroquia de Meneses probaron que eran beneficiados, para lo cual presentaron cita del Libro de Becerro donde están inscritos todos los beneficios de la diócesis. En dicho libro se dice que la iglesia de Meneses debe haber tres prestes, un subdiácono, tres graderos que son con la media ración, del Cura cuatro raciones y cuarta y los diezmos. Igualmente en su defensa presentaron en la Chancillería la documentación de cada uno consistente en los siguientes documentos: la presentación para el beneficiado, muchas de las cuales estaban firmadas por Don Ramiro o por su padre Don Martín; el Decreto del Obispo por el que se les nombraba beneficiados y la Colación solemne y toma de posesión.
Se hace una evaluación de los ingresos que solían tener aquellos sacerdotes por los distintos conceptos que alegaba el Patrono, y se calculó que serían de unos 13.000 maravedís, por lo que se decreta que el Patrono debía completar la Congrua con 12.000 maravedís al año por cada uno de los beneficiados.
Después de tanto ni Don Ramiro, ni los clérigos quedaron contentos con la sentencia. Don Ramiro sostenía que no debía nada, los clérigos defendían que era poco lo que alcanzaban. La sentencia no varió y se les cobró de costas 51.000 maravedís a Don Ramiro y 42.000 a los clérigos.
Los problemas van a continuar con el hijo y sucesor de Don Ramiro, Don Martín de Guzmán y Rojas, muy apreciado tanto por el Rey Felipe IV que le concede el título de Marqués de Montealegre, como por el Obispo de Palencia, el cual hizo todo lo que pudo por favorecerle en sus pretensiones contra los clérigos de Meneses.
Los vecinos de la Villa de Meneses van a defender sus derechos contra el Señor. Corría el año 1609 cuando Don Martín, alegó que no le habían pagado un arrendamiento, por lo cual manda a su Corregidor para que lo cobrase haciendo ejecución en la panera de un vecino. Ante este hecho se interpuso el Procurador de la Villa, el Doctor Blanco salcedo, el cual alega que era costumbre inmemorial que a la Villa de Meneses, en la ejecución de alcabalas no se le debían cobrar más de 150 maravedís, mientras que en aquella ocasión se estaba excediendo de forma escandalosa. Al no hacer caso el Corregidor del argumento presentado por el Procurador de la Villa, ésta apela a la Audiencia, la cual determina que se respetase la costumbre de la Villa de Meneses.
No de acuerdo con la sentencia Don Martín presenta ante el Doctor Castañeda, Alcalde Mayor del Adelantamiento de Campos otra petición de Remate contra Meneses. El Doctor Castañeda mandó hacer los pregones y el Concejo se opuso a la Ejecución, por lo cual se acudió nuevamente a la Chancillería que el 27 de Febrero de 1615 decreta que se respetase la costumbre de Meneses bajo pena de 20.000 maravedís para la Cámara del Rey.
El bueno de Don Martín vuelve a la carga y pretende que nadie, salvo él y su familia, recibiese sepultaren la Iglesia, manda que debían sacar los bancos del pueblo y que sólo él podía poner rejas, mausoleo y sitiales y escudos. Vamos que actuaba como si la iglesia fuese suya.
Los clérigos de la iglesia, como no podía ser de otra forma, se opusieron a las pretensiones de Don Martín, al cual le negaron incluso el derecho de patronato, que fue lo que ellos alegaron en el pleito contra su padre Don Remiro.
Entablado el pleito en el obispado de Palencia, el tribunal eclesiástico condena al clero de Meneses a que reconozca que Don Martín tenía derecho de patronato, pero negaba a éste el ir contra la costumbre de la parroquia de dar sepultura en la Iglesia, siempre que no fuese en propiedad, así como el quitar los bancos del pueblo. A Don Martín se le reconocía el derecho de ser enterrado en la capilla mayor, pero no el hacer monumento, arco ni rejas, sino poner solamente una losa. Igualmente se pedía a Don Martín que respetase los blasones y figuras que al presente están puestos en la capilla mayor de los Tellos, so pena de 50.000 maravedís para la guerra contra los infieles.
Al bueno de Don Martín, que debía ser duro de mollera, no le gustó la sentencia a pesar de que se recomendaba a los clérigos que lo tratasen honradamente pues es tan gran caballero y Señor natural, con quien mucho que se haga no será demasiado, y se les daba instrucciones de sobre el modo de recibir a los Señores cuando fueses a tomar posesión. Apeló la sentencia y en un segundo juicio se le reconoce el derecho de impedir las sepulturas en el cuerpo de la Iglesia. Esto indigna a los clérigos y ahora van a ser ellos los que apelen a la Nunciatura.
El pleito va a prolongarse mucho tiempo, con lo cual los gastos de ambas partes se disparaban, por ello muchos recomendaban a los clérigos que cediesen porque, si así lo hacían, Don Martín prometía terminar la Iglesia, así como hacer nuevas fundaciones a costa de su Mayorazgo y trasladar a su capilla mayor los restos del Doctor Meneses a quien por su santidad y letras se le debe muy bien respeto. Los clérigos no dieron su brazo a torcer y buscaron defender lo que ellos creían era un derecho del pueblo, poder enterrarse en el interior de la Iglesia.
En Medio de esta discusión tiene lugar la muerte de Don Martín, por lo cual el 2 de Septiembre de 1627 se presenta el Procurador de su hijo Don Luis Francisco Nuñez de Sandoval, que era menor de edad, a tomar solemnemente posesión del señorío. Después de recibir a las puertas de la Villa las llave de plata, a continuación la comitiva se dirige a la puerta de la iglesia que está bajo la torre, donde eran esperados por el cura y beneficiados. El procurador les requirió a que le diesen posesión del patronazgo de la Iglesia y de la Presentación y Provisión de los Beneficios. El cura Don Juan Burgos contestó que en cuanto Patrono había un juicio pendiente en la Nunciatura, y por lo mismo protestaba que no le reconocía más derechos que los que hasta la fecha se le habían reconocido. Tras larga discusión y protesta de una y otra parte, se dio la posesión con las reservas antedichas. El acto de posesión consistía en darle el agua bendita y llevarle de la mano paseando por la Iglesia hasta la Capilla Mayor, donde el procurador se sentó en el sitial del Señor. El cura ante este hecho volvió a protestar hasta tres veces que no le reconocía más derechos y preeminencias que las que hasta entonces habían tenido los señores.
El 5 de Febrero de 1630 de la Nunciatura, el cardenal Juan Bautista Panfilio, futuro Inocencio X, comunicó a las partes contendientes que compareciesen, bajo pena de excomunión, en el término de quince días. Los clérigos defendieron la costumbre inmemorial de enterrar en la iglesia, costumbre que había sido respetada por los Condes de Esteva y Marqueses de Priego y por los mismos padres y abuelos del Marqués de Montealegre. El mismo Don Martín de Guzmán había enterrado en la iglesia un hijo que se le murió pagando al mayordomo los derechos como los demás vecinos y quitó el monumento al año del entierro. Igualmente alegaban los clérigos que la Iglesia había sido edificada por el pueblo sin ayuda de los Señores, por lo cual no había escudo de ningún Señor y que si había un escudo de los Manueles en la parte posterior de la Torre, y los escudos de los Tellos en la Capilla Mayor, era en manifestación de agradecimiento de la parroquia a esos señores que habían nacido en ella. En cuanto a la preeminencia en la capilla Mayor del Licenciado Pedro Blanco de Salcedo, hermano del Licenciado Francisco Blanco de Salcedo, Inquisidor de Valladolid, alegaron que el tiempo que residía en el pueblo acostumbraba a sentarse en sitio preferente porque llevaba de su posada una silla de respaldo. Que Don Martín de Guzmán, queriendo hacer acto de posesión, lo contradijo, pretendiendo que sólo él se había de sentar en silla, y en el Tribunal de Palencia, se pronunció Auto a favor del Licenciado Blanco, aunque Don Martín apeló a la Chancillería de Valladolid.
Don Martín de Guzmán, por su parte, se quejaba de que al Inquisidor D. Francisco Blanco de Salcedo se le había concedido una sepultura suntuosa y que a él, como Señor natural de la villa, no se le quería conceder.
El Nuncio pronuncio su fallo como ya lo había hecho el Obispo de Palencia: Que los sacerdotes reconociesen el derecho de patronazgo, pero que el Patrón se abstuviese de ir contra las costumbres de la parroquia. Prácticamente, después de los gastos de tanto pleito ambas partes debieron avenirse voluntariamente y todo quedó como estaba.
Don Martín, Señor de Meneses, como Patrón de la iglesia, se ofrece a terminar la capilla mayor de la misma y trasladar a la capilla mayor los restos del Doctor Meneses; no obstante, celoso de su honra, pide que se le permita colocar su escudo dentro y fuera de la iglesia, y como iban a seguir enterrándose en la iglesia la gente del pueblo expresa el deseo de que no se permitiese que se colocasen cerca del sitial de los Señores gente de poco pelo, habiéndolas de tan buen pelo en la villa. Al margen de todo esto pide que se quiten los escudos de los Tellos y que cuando se hiciesen las cuentas anuales asistiese su representante.
El clero, al que no debía gustar nada el Señor, transigió con que pusiese escudos en la iglesia, aunque no tantos como pensaba ya que el pueblo que la había edificado lo vería mal, aunque se opuso a que las finanzas de la iglesia fuesen fiscalizadas por el representante del Señor.
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